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Uno de los mayores temores de cualquier persona que atraviesa un proceso de Segunda Oportunidad es perder su vivienda habitual. Para quienes enfrentan dificultades económicas, conservar la vivienda representa mucho más que estabilidad financiera: es una fuente de seguridad emocional y familiar. Nuestros abogados de Segunda Oportunidad reciben con frecuencia consultas sobre este tema, ya que muchas personas buscan una solución legal que les permita mantener su hogar y recuperar el equilibrio económico.
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ToggleLa Ley de Segunda Oportunidad está diseñada para ofrecer un respiro a las personas endeudadas, permitiéndoles reestructurar o cancelar parte de sus deudas y comenzar de nuevo. Sin embargo, el tratamiento de la vivienda en este proceso depende de varios factores clave, como la existencia de una hipoteca, el estado de pago de la misma y las decisiones que adopte el juez encargado del caso. A continuación, analizamos en detalle qué ocurre con la vivienda en estos casos y qué opciones tienen los deudores para proteger su hogar.
La posibilidad de conservar la vivienda durante un proceso de Segunda Oportunidad depende principalmente de dos factores:
– Si la vivienda es la residencia habitual o una segunda vivienda.
– El estado de la deuda hipotecaria: si está al corriente de pago o presenta impagos.
El valor de mercado de la vivienda y el saldo pendiente de la hipoteca son elementos fundamentales para determinar si es viable conservar la casa. Si el valor de la vivienda es inferior a la deuda hipotecaria, es más probable que el juez permita la conservación de la propiedad.
Si tras la liquidación de la vivienda queda un saldo pendiente, el deudor podría beneficiarse de la exoneración de la deuda residual siempre que cumpla con los requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad.
Si el deudor ha mantenido el pago de la hipoteca de manera puntual, las posibilidades de conservar la vivienda son mayores.
Si el deudor ha dejado de pagar la hipoteca, la situación se complica.
Si el valor de la vivienda es inferior a la deuda pendiente, el deudor puede negociar una dación en pago con el banco.
Si la vivienda está hipotecada y el deudor está al corriente de pago, el juez podría excluirla de la liquidación.
La deuda hipotecaria no se exonera automáticamente tras la liquidación de bienes, pero el saldo pendiente podría quedar cancelado si el juez lo autoriza.
Sí, el banco puede aceptar una reducción de la deuda o una refinanciación para permitir que el deudor mantenga la vivienda.
Si la deuda hipotecaria es cancelada mediante una dación en pago, podría considerarse una ganancia patrimonial y estar sujeta a tributación.
1. ¿Qué ocurre si la vivienda está a nombre de mi cónyuge?
Si la vivienda es propiedad del cónyuge y no está vinculada a la deuda, podría quedar fuera del proceso.
2. ¿Qué pasa si el valor de la vivienda es inferior a la deuda hipotecaria?
Podría negociarse una quita o una dación en pago.
3. ¿Me pueden desahuciar durante el proceso concursal?
No, si el juez autoriza la conservación de la vivienda y se mantiene el pago de la hipoteca.
Conservar la vivienda en un proceso de Segunda Oportunidad es posible, pero depende de la naturaleza de la vivienda, el estado de la hipoteca y las decisiones judiciales. La asesoría legal especializada es clave para diseñar la mejor estrategia y proteger el patrimonio familiar.
Maralta Legal es un despacho de abogados especializados en derecho mercantil, laboral, administrativo y penal, que cuenta con oficinas en Santander, Torrelavega y Laredo
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