Abogados especialistas en Segunda Oportunidad
Si se encuentra agobiado por sus deudas y estima que con su patrimonio e ingresos actuales no podrá hacer frente a las mismas, no se desespere: existe una Segunda oportunidad.
Déjenos sus datos y le preparamos un presupuesto a medida sin compromiso
Desde el despacho de abogados Maralta Legal le animamos a consultarnos sobre esta novedosa oportunidad. Contamos con experiencia
La ley 25/2015, de 28 de julio, regula en España el Mecanismo de Segunda oportunidad introduciendo por primera vez la posibilidad de liberar a autónomos y particulares de sus deudas pasadas frente a Banco o acreedores en general.
Solicita tu presupuesto sin compromiso, el cual adaptaremos a tu caso particular y circunstancias, consistiendo en un precio fijo entre 1.500€ y 2.500€ más IVA, más un variable del 1% del importe de la deuda por la que se obtenga la exoneración del pasivo, en su caso.
Consúltenos su caso sin ningún compromiso y nuestra socia en segunda oportunidad, Andrea Nafría Ramos le atenderá gustosamente
Documentación necesaria
Tan pronto la recibamos, nos pondremos en contacto contigo y te enviaremos nuestro presupuesto para someterlo a tu conformidad
- Nombre y apellidos, DNI, domicilio, correo electrónico y teléfono.
- Si es empresario/a, indique si consta inscrito en el Registro Mercantil.
- Estado civil y régimen económico matrimonial, en su caso. Nombre, apellidos, DNI e indicación de si es empresario el cónyuge o pareja de hecho, en su caso.
- Sentencia de separación, divorcio o alimentos por la que resulta acreedor o deudor de pensión de alimentos o compensatoria, en su caso.
- Escritura de propiedad de la vivienda habitual con indicación de si sobre la misma existe alguna carga o embargo. Copia del préstamo hipotecario que pueda gravarla e indicación de saldo pendiente en su caso. Indicación de la deuda por IBI de esta vivienda en su caso.
- Tres últimas declaraciones anuales del IRPF y/o patrimonio.
- Hechos de los que deriva la insolvencia, precisando si procede del consumo o del desarrollo de una actividad económica.
- En caso de proceder de actividad económica: a. Precisar cuál sea, si ha cesado en la actividad o sigue ejerciéndola, y las causas de la crisis. b. Indicación de las actividades y establecimientos, oficinas y explotaciones que haya tenido el autónomo/a en los últimos tres años. c. Ocho últimos trimestres de autoliquidación de IVA. d. En su caso, relación de trabajadores en Excel con indicación de su nombre, categoría profesional, antigüedad (fecha), salario bruto día o anual, modalidad contractual.
- Vida laboral.
- Ocho últimas nóminas, certificado de la pensión que venga cobrando o certificado del desempleo, según el caso.
- Certificado de deuda con la TGSS y la AEAT.
- Relación de acreedores, cuantía y vencimiento de los créditos. Garantías personales y/o reales de los créditos.
- Inventario bienes y derechos, su valor, cargas y gravámenes.
- Relación de procedimientos de mediación, conciliación o arbitraje, administrativos o judiciales promovidos a favor o contra de la persona física.