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El tiempo se agota: así son los formularios para pedir ayudas al alquiler y moratorias

https://www.elconfidencial.com/vivienda/2020-04-20/coronavirus-ayudas-alquiler-formularios_2557616/

El 20.04.2020 su publica la noticia que os adjuntamos de El Confidencial. com con una pequeña aportación de nuestro socio Jorge Fernández.

«El 2 de mayo finaliza el plazo para que cientos de inquilinos puedan negociar con sus caseros un aplazamiento o una condonación de parte de su alquiler y para solicitar ayudas estatales» Para leer más AQUÍ.

Pulsa para obtener el pdf.

Un mes más para autoliquidar la compra o la herencia.

Cantabria concede un mes más para autoliquidar la compra o herencia.

Ampliación del plazo de autoliquidación.

Cantabria (Covid19)- Un mes más para autoliquidar ITP y Sucesiones y Donaciones.

Covid19 – Agencia Cantabra de la Administración Tributaria – Un mes más para autoliquidar ITP, Sucesiones y Juego.

 

Cantabria concede un mes más para autoliquidar la compra o la herencia. Con fecha 20 de marzo de 2020 se ha publicado en el Boletín Oficial de Cantabria la Orden HAC/09/2020, de 20 de marzo de 2020, por la que se adoptan medidas temporales y excepcionales relativas a la presentación de declaraciones y autoliquidaciones de determinados impuestos gestionados por la Comunidad Autónoma de Cantabria.

 

En concreto y como consecuencia de la situación de emergencia generada por la incidencia del coronavirus (COVID -19) se acuerda:

 

Primero. Ampliación de los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones de determinados impuestos.

 

Los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones de los impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, sobre Sucesiones y Donaciones, y Tributos sobre el Juego, se amplían por período de 1 mes respecto al que legal y/o reglamentariamente corresponda a cada tributo.

 

Segundo. Presentación telemática.

 

Las medidas anteriores se entienden sin perjuicio de la posibilidad que tienen los contribuyentes de efectuar la presentación y el pago de dichos impuestos por medios telemáticos.

 

Tercero. Habilitaciones a la Presidencia de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria.

 

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